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Prohíben a militares armados frecuentar negocios de expendio de bebidas alcohólicas

Ministerio de Defensa investiga a un coronel por presuntamente revelar información sensible
Joenny PérezPor Joenny Pérez
26/05/2025
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El Ministerio de Defensa (MIDE) emitió la Circular Núm. 6-2025, mediante la cual prohíbe de manera categórica que los militares, ya sea en uniforme o de civil y portando armas de fuego, frecuenten establecimientos donde se expendan bebidas alcohólicas, tales como discotecas, bares, drinks, colmadones, entre otros.

La circular, firmada por el ministro de Defensa, Carlos Antonio Fernández Onofre, reitera y actualiza disposiciones fundamentales sobre la conducta y las restricciones aplicables al personal militar, tanto en servicio como fuera de él, con el objetivo de fortalecer la disciplina, preservar la imagen institucional y garantizar el estricto cumplimiento del marco legal que rige a los miembros de las Fuerzas Armadas.

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Asimismo, recuerda a todos los miembros de las Fuerzas Armadas que deben acatar las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica Núm. 139-13, especialmente en lo relativo a la prohibición de emitir declaraciones no autorizadas.

En este sentido, se enfatiza que sólo el Ministerio de Defensa, las Comandancias Generales o las personas debidamente autorizadas están facultadas para emitir declaraciones oficiales sobre actividades institucionales de carácter social, cultural, deportivo o religioso.

El documento también hace un llamado a evitar el uso inapropiado de vestimenta, lenguaje, comportamientos o acciones que puedan afectar la imagen de la institución en los medios de comunicación, incluidas las plataformas digitales y redes sociales, tanto en uniforme como de civil.

La disposición establece que el incumplimiento de estas medidas será considerado una falta grave y será sancionado conforme a la Ley Orgánica y al Reglamento Militar Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

Finalmente, se instruye a todos los oficiales ejecutivos y responsables de unidades militares a garantizar la difusión y cumplimiento de la circular, la cual debe ser leída en formación y colocada en lugares visibles de cada recinto, campamento o destacamento, quedando sin efecto cualquier norma administrativa anterior que le sea contraria.

Tags: armasCachichacircularDiario Tú MañanaMilitaresMinisterio de Defensa

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