La Dirección General de Migración (DGM) emitió un aviso dirigido a la ciudadanía y a la comunidad extranjera residente en el país, en el que advierte que el carné de “Trabajador Temporero” (TT-1) es un documento de carácter migratorio y laboral válido exclusivamente para el desempeño de la actividad remunerada establecida en el contrato de trabajo registrado que dio origen a su expedición o renovación.
La DGM explicó que el permiso otorgado bajo la categoría TT-1 no habilita a su titular para desempeñar actividades distintas a las expresamente autorizadas, ni para laborar en zonas o sectores diferentes a los que le fueron aprobados.
Esta disposición, destaca la institución, se fundamenta en el Artículo 56 de la Ley General de Migración No. 285-04, el cual establece que «El carné de Trabajador Temporero habilitará a su titular para desempeñar la actividad remunerada que originó su admisión, por el plazo asignado. Quien realice actividades laborales sin estar provisto de su respectivo carné, o efectúe actividades laborales distintas a la autorizada, o transgreda el plazo de permanencia autorizado, será considerado como un extranjero ilegal, sujeto a deportación conforme a las disposiciones de esta ley».
Migración exhortó a todos los titulares de permisos temporeros a respetar las disposiciones legales y contractuales.


