El Tribunal Constitucional anuló la Ley 1-24, que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), al considerar que “no es conforme con la Constitución”.
A través de la sentencia la Sentencia TC/0767/24, acogió la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la Fuerza del Pueblo, el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y el Partido Revolucionario Dominicano (PRD).
El Tribunal Constitucional determinó que la ley,” independientemente de la mayoría con la que fue sancionada y de la materia que trate, definitivamente no fue aprobada como orgánica. No fue ese el tratamiento legislativo que recibió ni fue esa la intención del Congreso Nacional”.
La alta corte consideró que la Ley 1-24 debió ser aprobada conforme al procedimiento establecido por la Constitución para las leyes orgánicas, tomando en cuenta de que esa ley regula aspectos de la seguridad nacional y defensa del Estado, una de las áreas que, conforme a la Carta Sustantiva, requiere regulación mediante esta categoría de leyes.
La ley de la DNI fue aprobada por el Congreso Nacional el 10 de enero y promulgada por el Poder Ejecutivo el 15 del mismo mes.
Tras su promulgación, las críticas no se hicieron esperas, las que llevaron al Poder Ejecutivo a presentar un proyecto para modificarla, el cual incluye una serie de precisiones y prohibiciones que restringen el ámbito de actuación de la DNI.
Tras su promulgación, las críticas no se hicieron esperar, lo que llevó al Poder Ejecutivo a presentar un proyecto para modificarla. Este incluye una serie de precisiones y prohibiciones que restringen el ámbito de actuación de la DNI.
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