La Fiscalía de Santiago solicitó prisión preventiva como medida de coerción contra el hombre que, manipulando un arma de fuego, confrontó a agentes de la Policía Nacional la madrugada del pasado viernes en el Aeropuerto Internacional del Cibao.
El imputado fue identificado Natanael Eleodoro Contreras Padilla, quien, según el expediente de la Fiscalía, se rebeló contra una autoridad pública, al desafiar a agentes de la Policía Nacional y desoír el llamado a entregar el arma de fuego ilegal.
La instancia indica Contreras Padilla se enfrenta a cargos por rebelión contra una autoridad, uso de un arma de fuego ilegal, así como por violar el Código de protección a los derechos de un menor de edad.
«El detenido, pese a que su familia, incluyendo a menores de edad, se encontraba a pocos metros del lugar, a bordo de un vehículo, tipo camioneta, continuó en actitud violenta e insurgente, amenazando y apuntando con el arma a los oficiales del cuerpo del orden», precisa el expediente.
En su teoría sobre los hechos, el órgano acusado establece que la resistencia del ciudadano puso en riesgo la seguridad de los oficiales y de las demás personas que se encontraban en el lugar, incluyendo a su familia, por cuanto los uniformados, también encañonando al hombre, aplicaron tácticas disuasivas, para que pensara en su familia y en los demás ciudadanos, a lo que tampoco accedió.
Explica que tras agotar sus recursos de convencimiento, que los agentes aplicaron técnicas policiales y despojaron al hombre del arma, una pistola marca Glock 27, calibre 40 milímetros, con su cargador y tres cápsulas del mismo calibre.
Asimismo, el imputado se enfrenta a cargos por transgresión a la Ley 188-11 sobre Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil, en sus artículos 3, letra D; 82 y 84, por haber irrumpido a esa terminal en actitud violenta y amenazante con un arma de fuego; en tanto que, también se le imputa la violación al artículo 209 del Código Penal Dominicano, que sanciona la rebelión en contra de la autoridad pública; así, también, por violar la Ley 267-2008 sobre Terrorismo, en su artículo 11, en perjuicio del Estado dominicano.
El órgano de justicia también le atribuye al infractor la violación al artículo 396, letra B, de la Ley 136-03 que crea el Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, por haber puesto en peligro la integridad física de los menores de edad presentes en la escena.
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