El pasado 14 de marzo de este año, entró en vigor el nuevo reglamento 416-23 que regula las contrataciones públicas, sustituyendo así el anterior, 543-12, que establecía todos los procedimientos y complementaba la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas, aún vigente.
Este moderno reglamento fue aprobado para la misma ley obsoleta. Para decirlo en palabras llanas: se ha puesto la carreta delante de los caballos. El proyecto de ley que descansa en el Congreso, pendiente de aprobación, es la que contiene los lineamientos y la que define el marco general por el cual deberá conducirse los procedimientos del nuevo reglamento.
Es por todos conocido que una de las fallas principales de la ley vigente, es la falta de un régimen de sanciones contundente ante la comprobación de un hecho que comprometa la ética, la transparencia o algún acto que riña con el espíritu de la normativa en materia de contrataciones, sobre este punto el mismo director de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), Carlos Pimentel, ha dicho que no existe ningún mecanismo para castigar a los asociados de las empresas que hayan sido inhabilitadas por faltas comprobadas, por los que estos pueden seguir fungiendo como socios de otras empresas licitadoras.
Este testimonio, además de preocupante, es más que suficiente para que se retome una cruzada, como en años anteriores, y se exija desde ya cambios profundos para poder garantizar que hechos que comprometan a cualquier oferente, sea persona física o jurídica, no quede impune por la imposibilidad de acceder a quienes están vinculados en las mismas y que estos puedan seguir operando a través de otras empresas. Sin embargo, cualquier sanción o tipo penal que se pueda imponer, siempre deberá ser materia de una ley y no de un reglamento, de ahí la necesidad de la aprobación del anteproyecto que descansa en el Congreso Nacional.
Las malas notas
Una investigación hecha por Panorama sobre el indicador de uso del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas, SISCOMPRAS, destaca que, en 2023, varias entidades contratantes no llegaron a la meta de 80 puntos que requiere la DGCP, para que se pueda decir que han cumplido con los parámetros mínimos esperados. Recordamos que los componentes que integran esta valoración son los de planificación de las compras, administración de contratos, compras a Mipymes, (y dentro de estas a las que son gerenciadas por mujeres), gestión de procesos y tiempo de gestión de procesos.
El ranking:
1-Dirección General de Proyectos Estratégicos y Especiales de la Presidencia de la República (PROPEEP) 48.6
2-Hospital Dr. Salvador B. Gautier 50.5
3-Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EDESTE) 61.5
4-Dirección de Servicios de Atención Extras Hospitalarias (DAEH) 62.5
5-Hospital Docente Padre Billini 62.5
6- Quisqueya Empieza Contigo 64.2
7- Consejo Nacional de Fronteras 64.4
8-Hospital Docente Dr. Vinicio Calventi 65.4
9-Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santiago 68.6
10- Empresa de Generación Hidroeléctrica (EGEHID) 69.2
Los ayuntamientos
En los gobiernos locales la situación es peor, ya que la mayoría de ellos no siguen las pautas trazadas por el órgano regulador y el marco normativo, sin importar cuan elevado sea el presupuesto que manejan. Lo más peculiar de estas entidades públicas es que en el promedio colectivo, su nota apenas llega a 26.5, lo que refleja el poco respeto a los mecanismos institucionales de la contratación pública, y el desafío que significa para la DGCP, la cual debe, cuanto antes poner orden en estas instituciones, que, si bien es cierto gozan de cierta autonomía administrativa, no por ello pueden ponerse al margen de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas, la cual establece, en su artículo 2 numeral 4, el carácter vinculante de la misma para con estas.
En el siguiente listado pondrán ver las alcaldías de menor puntaje y luego pasaremos a mostrar las que administran mayores presupuestos y que, por lo tanto, deberían de ser un ejemplo de transparencia y pulcritud en el manejo de las licitaciones.
1- Ayuntamiento Municipal de San José de Ocoa 0.0
2-Ayuntamiento Municipal de Cambita Garabitos 0.0
3-Ayuntamiento Municipal del Cercado 0.0
4- Ayuntamiento Municipal de San Juan de la Maguana 0.0
5-Ayuntamiento Municipal de Enriquillo 0.0
6- Ayuntamiento Municipal de Monte Plata 7.5
7- Ayuntamiento Municipal de Azua 10.5
8- Ayuntamiento Municipal de Constanza 17.5
9- Ayuntamiento Municipal de Bohechío 20
10- Ayuntamiento Municipal de Bajos de Haina 23.7
Las alcaldías más importantes y sus porcentajes según el método de evaluación de la DGCP, (mínimo 80 puntos)
1- Ayuntamiento del Municipio de San Francisco de Macorís 52.1
2- Ayuntamiento Santo Domingo Norte 58.3
3- Ayuntamiento del Municipio de San Cristóbal 59.5
4-Ayuntamiento Santo Domingo Oeste 63.6
5-Ayuntamiento Municipal Concepción de La Vega 71.8
6- Ayuntamiento Santiago de los Caballeros 72.8
7-Ayuntamiento Santo Domingo Este 74.1
8-Ayuntamiento del Distrito Nacional 77.1
La importancia de estas evaluaciones se debe a que las alcaldías representan la administración de decenas de miles de millones de pesos del presupuesto nacional y su importancia de acogerse a la ley 340-06, también radica en el hecho de que, así como sus acciones van dirigidas a su municipio, se aspira también a que parte de sus compras de bienes y servicios sean requeridos a emprendedores locales, generando valor en toda la comunidad.
Lo presentado aquí evidencia la gran necesidad de aumentar los mecanismos de seguimiento y de sanción, no tan solo a los oferentes o proveedores, sino también a las entidades, en la persona de su titular y de los miembros del comité, para que estas prácticas no se sigan repitiendo de cara a las aspiraciones de una gestión más eficiente y comprometida con la buena administración de los recursos colectivos.
Esta tarea debe ser la suma de un esfuerzo que implique la necesaria participación social de sectores que no estén comprometidos con el gobierno, se necesita reincorporar los espacios de veeduría social o, si no se quiere reeditar lo hecho anteriormente, debe promoverse alguna nueva forma de acompañamiento donde la ciudadanía pueda conocer y vigilar los procesos de compras públicas. Mientras no se entienda que sin sanciones ejemplares y sin el empoderamiento de la sociedad, podremos evolucionar en materia de licitaciones, entonces será muy difícil poder mejorar las malas notas.
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