El Ministerio de Educación (MINERD) creó el Código de Ética que regulará las Relaciones entre el Personal Docente y Administrativo con los estudiantes del sistema de educación preuniversitario, en sus distintos niveles, modalidades y subsistemas tanto en el sector educativo público como privado.
El Código de Ética instruye que los docentes y administrativos han de relacionarse con los estudiantes de manera estrictamente académica y de servicio formativo, al tiempo que se prohíbe todo trato que tenga una naturaleza distinta al desarrollo integral de los alumnos.
Asimismo, señala que el uso de las redes sociales y de toda herramienta tecnológica con una finalidad diferente a la formación académica estará prohibido para el docente y personal administrativo en su interacción con los estudiantes
Los lineamientos éticos del código estableces que ningún docente o personal administrativo puede relacionarse con los escolares en horario de recreo para tratar temas personales, salvo que se requiera alguna intervención o acompañamiento concreto, en beneficio de la salud integral del educando.
Asimismo, prohíbe a docentes y administrativos acciones violentas de cualquier índole contra los estudiantes; no admite por parte del docente el uso de calificativos que inciten a la discriminación contra el escolar; y prohíbe cualquier tipo de acoso y de soborno.
Amonestaciones
El Código de Ética contiene un Régimen Disciplinario, que procura que las faltas disciplinarias sean juzgadas sobre la base de criterios de objetividad e imparcialidad, así como contribuir a que el docente cumpla sus funciones con eficacia, lealtad y honestidad, sin quebrantar los deberes propios de su cargo y observando los lineamientos éticos establecidos.
El régimen establece como primera acción, ante una denuncia, la amonestación oral. Entre las causas que provocan esta amonestación, están referirse a un estudiante o compañero de trabajo con apodos que pueda generar burlas e irrespeto; hacer uso de calificativos que inciten a la discriminación contra el estudiante; no rendir cuentas de sus acciones dentro del espacio escolar; así como respetar el código de vestimenta del centro.
Luego, le sigue una amonestación escrita donde se le indica al docente o personal docente las consecuencias disciplinarias más severas con relación a la sanción anterior. Entre las causas para aplicar esta sanción están el trato inadecuado a los alumnos, a los padres de familia y a la comunidad educativa en general; hacer uso de las redes sociales y otras herramientas tecnológicas diferente a la orientación formativa y académica en su relación con los estudiantes.
Le sigue la suspensión de hasta 30 días sin disfrute de sueldo, cuando se evidencia de forma reiterada conductas que encuadran en la falta de consideración o respeto a sus autoridades, pares y compañeros en el desempeño de sus funciones.
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