Por: Leanlly Pérez- La Cámara de Diputados de la República Dominicana aprobó en segunda lectura y con modificaciones el proyecto de ley de Alquileres de Bienes y Desahucios.
La iniciativa, de la autoría del presidente de la Cámara, Alfredo Pacheco, tiene como objetivo establecer un marco legal que regule las relaciones jurídicas, condiciones y obligaciones derivadas del alquiler de bienes inmuebles, ya sea para fines residenciales, comerciales o actividades sin fines de lucro.
El proyecto introduce medidas específicas para casos como el fallecimiento del inquilino. Si dentro de un plazo de 30 días ninguna de las personas autorizadas expresa por escrito su interés en asumir el contrato de alquiler, este quedará automáticamente rescindido.
En ese caso, el propietario podrá tomar posesión del inmueble sin necesidad de un proceso judicial. Los bienes del inquilino fallecido serán inventariados en presencia de un juez de paz, quien autorizará su depósito en el lugar correspondiente. Si alguien asume el contrato (subrogado), lo hará bajo las mismas condiciones pactadas originalmente.
Además, la ley contempla situaciones de abandono del inmueble. Si la propiedad se encuentra abierta y con riesgo de ser saqueada u ocupada por terceros, el propietario podrá tomar posesión tras comprobación por un notario público y con la firma de un acta auténtica en presencia de tres testigos.
En caso de que el inmueble esté cerrado, la apertura de puertas y entrega del lugar al arrendador será autorizada por un juez de paz, sin que esto impida al propietario exigir el pago de los alquileres vencidos, si los hubiera.
Este proyecto de ley ahora pasará al Senado para su revisión y eventual aprobación final.
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