El ministro de la presidencia, José Ignacio Paliza, emitió la Resolución núm. MINPRE-2024-3, mediante la cual instituye el Comité ad hoc de Observación Ciudadana para las licitaciones Fitram-CCC-LPN-2024-0001 y Fitram-CCC-LPN-2024-0002, dos de las llevadas a cabo por el Fideicomiso para el Desarrollo del Sistema de Transporte Masivo de la República Dominicana (Fitram).
La licitación 0001 corresponde a la contratación del diseño, fabricación, construcción, montaje y puesta en marcha de la línea 3 del sistema de cable aéreo para el transporte público masivo de pasajeros de Santo Domingo Oeste, mientras que la 0002 versa sobre la contratación de la construcción de infraestructuras del Tren Metropolitano de Santo Domingo.
El ministro Paliza tomó la medida en su calidad de presidente del Comité Técnico del Fitram, de conformidad con el Decreto 514-21, cuyo artículo 7 dispone que el Fitram contará con un comité técnico integrado, entre otros, por el ministro de la Presidencia en calidad de presidente.
El Comité ad-hoc de Observación Ciudadana está integrado por Franklin Báez Brugal, reconocido y destacado empresario dominicano; José David Vargas, ingeniero de larga trayectoria; y Pedro Silverio, asesor económico del Poder Ejecutivo, quienes colaborarán de forma honorífica.
El comité tendrá por funciones vigilar y dar seguimiento a cada una de las fases y/o etapas de los procesos de contratación ref. Fitram-CCC-LPN-2024-0001 y Fitram-CCC-LPN-2024-0002.
De igual forma, tiene la atribución de presentar informes de seguimiento de cada una de las fases y/o etapas de las licitaciones referidas anteriormente.
A propuesta del Ministerio de la Presidencia, Fernando Henríquez prestará asistencia técnico-legal al Comité ad hoc de Observación Ciudadana. Una vez conocidos los proponentes de oferta, en caso de conflicto de interés los miembros del comité deberán divulgarlo al resto de los miembros y a la máxima autoridad.
La referida resolución dispone que otras personalidades serán integradas al comité adhoc y atribuye a los miembros la facultad de proponer y/o solicitar la contratación de expertos locales o internacionales con miras a agotar sus labores.
Asimismo, la resolución instruye al Fitram a prestar la diligencia y colaboración necesarias para que el Comité ad hoc de Observación Ciudadana pueda rendir sus labores de manera efectiva y en el marco de los principios de autonomía, objetividad, probidad y responsabilidad.
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