Por: Leanlly Pérez- El juez del Tribunal Constitucional, José Alejandro Vargas, se refirió a la reciente sentencia que elimina la sodomía como delito en la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, aclarando que las normas disciplinarias de ambas instituciones aún aplican sanciones a conductas sexuales dentro de los recintos de trabajo, sin importar la preferencia sexual.
En una entrevista, Vargas explicó que, aunque la Ley 278-04 derogó las sanciones penales por sodomía, las consecuencias disciplinarias permanecen, pudiendo llegar hasta 30 días de detención interna o la cancelación del miembro involucrado. “Esto no es un delito, es un acto indisciplinado”, enfatizó.
El magistrado recordó que los artículos 2010 y 260 de los códigos de justicia de la Policía y las Fuerzas Armadas eran inconstitucionales al castigar únicamente relaciones homosexuales, pero no heterosexuales. Con la sentencia TC/1225/25 emitida el 18 de noviembre, se eliminó la pena de cárcel por sodomía, pero las sanciones disciplinarias siguen vigentes.
Vargas señaló que hasta la fecha ningún miembro de la Policía o de las Fuerzas Armadas ha sido sancionado por su orientación sexual y advirtió que quienes violen las normas dentro de los recintos enfrentarán consecuencias disciplinarias.
Desde la publicación de la sentencia, distintos grupos sociales, políticos e iglesias han manifestado su oposición al fallo, mientras el Tribunal Constitucional mantiene la vigencia de los principios de igualdad y no discriminación consagrados en la Constitución de 2010.


