La Junta Central Electoral (JCE) advirtió a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, así como a sus miembros y a los ciudadanos ajenos a estas organizaciones, que cualquier actividad proselitista realizada antes de los plazos establecidos está prohibida.
A través de un comunicado, la JCE recordó que la ley electoral establece fechas específicas para el inicio de la campaña electoral, las cuales deben cumplirse rigurosamente.
Además, aclaró que las actividades de promoción de candidaturas o cualquier acto proselitista fuera de estos plazos pueden acarrear sanciones para los responsables.
El órgano electoral enfatizó que el incumplimiento de estas disposiciones conlleva sanciones establecidas en la Ley núm. 33-18, en su artículo 78, numeral 8, que establece que los aspirantes que inicien campaña antes del período oficial serán sancionados con la inadmisibilidad de su candidatura, lo que implica que no podrán ser inscritos ni reconocidos como candidatos/as en las elecciones por los órganos de la administración electoral.
Además, precisó que este tipo de acciones no solo perjudican la equidad del proceso electoral, sino que también alteran el marco legal que regula el ejercicio democrático.
En este sentido, hizo un llamado a los partidos políticos y sus miembros, así como a la ciudadanía en general, para que se ajusten a las normativas vigentes y así garantizar la transparencia y legalidad del proceso electoral.
La JCE indicó que, según la Ley núm. 20-23 y la Ley 33-18, la precampaña electoral para las elecciones generales de 2028 comenzará el primer domingo de julio de 2027 y finalizará con la selección de las candidaturas.
Mientras que la campaña electoral comenzará con la proclamación oficial de la JCE, que deberá realizarse a más tardar 70 días antes de los comicios.
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