El Ministerio de Administración Pública (MAP) instruyó a todos los entes y órganos del Estado, a través de sus direcciones de Recursos Humanos, a realizar una recopilación de datos sobre el cumplimiento de pago de servicios públicos, como el agua y la energía eléctrica, por parte de los empleados gubernamentales.
El MAP indicó que las direcciones de Recursos Humanos deberán confirmar en un plazo de 15 días laborables si el servidor público posee contrato de energía eléctrica y agua potable.
En caso de que el empleado no tenga alguno de los servicios a su nombre, deberá indicar a nombre de qué familiar están y si cumple con sus obligaciones de pago.
El ministro de Administración Pública, Sigmund Freund, explicó que el objetivo principal de la medida es conocer el perfil de consumo y promover el pago de los servicios públicos, en virtud de la necesidad de que exista orden de responsabilidad jurídica y moral, lo cual obliga a la conducta ciudadana y a levantar información para diversas planificaciones y proyectos.
«Es fundamental que como servidores públicos cumplamos con nuestro deber constitucional de respetar las normativas vigentes y mostremos nuestro compromiso con el cumplimiento de nuestras obligaciones, no solo para garantizar la sostenibilidad de los servicios públicos, sino también para fomentar una cultura de responsabilidad y civismo entre los ciudadanos y servidores, promovidas por principios que rigen la conducta de los servidores públicos establecidos en la ley 41-08.», dijo el titular del MAP.
Asimismo, señaló que el cumplimiento en el pago de los servicios no solo asegura su continuidad, sino que también refleja la ética y compromiso con el bienestar colectivo. «Es parte de nuestro compromiso como gobierno ser ejemplo en el cumplimiento de nuestros deberes».
La circular establece que «es importante que cada empleado presente las facturas correspondientes, ya que esto permitirá llevar un registro más preciso y facilitará la gestión administrativa».
El documento está dirigido a ministros, consultor jurídico del Poder Ejecutivo, contralor general de la República, directores generales, nacionales y ejecutivos, administradores generales y nacionales de órganos y entes del Poder Ejecutivo.
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