El Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa, solicitó a la Dirección de la Policía Nacional un informe sobre las muertes de personas en conflicto con la ley penal en supuestos intercambios de disparos que involucran agentes del orden.
Entre los datos que el Defensor del Pueblo exige se le proporcionen, se encuentra un informe que detalle la cantidad de fallecidos como resultado de actuaciones policiales y persecuciones de personas en conflicto con la ley penal durante 2024, especificando cuántas investigaciones ha iniciado la Policía por indicios de uso excesivo de la fuerza por parte de sus miembros y cuántos de ellos han sido sometidos a la acción de la justicia cuando por la existencia de pruebas que permitan concluir que hubo excesos en la actuación.
En la misiva, el órgano constitucional citó como ejemplo el caso del adolescente fallecido en el municipio Sábana Grande de Boyá, provincia Monte Plata, así como la información de que, en lo que va del año, más de 54 ciudadanos han perdido la vida en enfrentamientos con la Policía Nacional.
“El dato es naturalmente preocupante, porque la velocidad con la que se reproduce esta información en los medios de comunicación no permite a la ciudadanía que la recibe forjarse una opinión adecuada sin que se produzcan dudas, razonables en una sociedad democrática, sobre el uso proporcional o no de la fuerza letal por parte de los miembros de una agencia ejecutiva del Estado”, puntualizó Ulloa en el requerimiento.
El documento explica que el artículo 14 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional (núm. 590-16) incluye entre sus principios fundamentales la actuación proporcional, por lo que el uso de la fuerza sólo será lícito como última opción y obedeciendo a criterios de oportunidad, congruencia y proporcionalidad, de conformidad con la Constitución de la República, las leyes y los reglamento.
Asimismo, indica que los artículos 32 y 33 establecen que la Dirección de Asuntos Internos tiene la atribución de investigar las inconductas cometidas por los servidores de la policía y el uso excesivo de la fuerza.
El Defensor del Pueblo otorgó a la Policía un plazo de 30 días para entregar las informaciones solicitadas, en cumplimiento de la ley 19-01.
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