El Tribunal Colegiado de María Trinidad Sánchez condenó a la pena máxima de 30 años de prisión a un hombre que asesinó a su expareja e incrementó la vivienda de la víctima el año pasado, en la comunidad Bella Vista de Boba, en la carretera Nagua-Cabrera.
Se trata de Tony Augusto Jiménez Faña , declarado culpable de ocasionar la muerte de Elianny Ironelis Cruz mediante múltiples heridas de arma blanca.
El crimen ocurrió la madrugada del 24 de septiembre de 2024. La noche anterior, el agresor había llegado a la casa de la víctima bajo los efectos del alcohol y advirtió a la actual pareja de la mujer “que saliera del lugar, que cuando él regresara lo iba a matar”.
Tras la amenaza, la pareja de la víctima decidió irse, pero ella permaneció en la vivienda.
Horas después, alrededor de la 1:00 de la madrugada, Jiménez Faña regresó armado con un colín que había afilado previamente. Rompió el cristal de la persiana delantera y, cuando la víctima salió para tratar de calmarlo, la atacó violentamente y logró ingresar por la fuerza a la vivienda, propinándole múltiples heridas.
De acuerdo con el expediente, la mujer intentó huir mientras pedía auxilio a los vecinos y logró refugiarse momentáneamente en la casa de una pareja cercana, pero fue perseguida por el agresor, quien continuó atacándola hasta causarle la muerte.
La mujer falleció a causa de heridas punzopenetrantes múltiples por arma blanca en tórax anterior y posterior, ambos brazos y hombros, herida contusa cortante por arma blanca en cuello lateral izquierdo, según consta en un certificado médico legal.
Jiménez incendió la vivienda de su expareja, mientras la víctima yacía en el suelo de la casa de sus vecinos. Una vez las autoridades se enteraron de la ocurrencia del hecho se inició la persecución en contra del condenado, quien momentos después fue arrestado en una planta de gas de la ciudad de Nagua.
Los jueces del Tribunal Colegiado de María Trinidad Sánchez, Salma Bonilla Acosta (presidenta), Luz Mariel Santos y Argentina Tejada, dictaron la sentencia condenatoria por la violación de los artículos 295, 296, 297, 298 302 y 304 del Código Penal dominicano.
Jiménez Faña deberá cumplir la pena impuesta en la Fortaleza Olegario Tenares, en el municipio Nagua.


