La Fiscalía de Puerto Plata obtuvo una sentencia condenatoria de 20 años de prisión en contra de un hombre que fue enjuiciado por haber violado sexualmente a una niña de siete años de edad.
Los jueces del Tribunal Colegiado dictaron la pena contra Roberto Escolástico La Luz, quien deberá cumplirla en el Centro de Corrección y Rehabilitación San Felipe.
Representado en audiencia por la fiscal Ana Mariela Hernández.
El Ministerio Público mostró elementos probatorios suficientes para imponer la pena máxima establecida en el país para este tipo de delitos.
La acusación instrumentada por Humberto Pascual Almengó indica que el hoy condenado abusó de la menor de edad en varias ocasiones a la niña.
El órgano de la persecución penal calificó las acciones de La Luz como violación a varios artículos de la Ley 136-03.
Los cuales protegen los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes.
La Ley 136-03
Tiene por objeto garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en el territorio nacional el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos fundamentales.
Para tales fines, define y establece la protección integral de estos derechos, regulando el papel y la relación del Estado, la sociedad, las familias y los individuos con los sujetos desde su nacimiento hasta cumplir los 18 años de edad.
Esta ley en su artículo 396, en el apartado C define el abuso sexual como la práctica sexual con un niño o adolescente por un adulto, o persona cinco años mayor.
Para su propia gratificación sexual, sin consideración del desarrollo psicosexual del que puede ocurrir aun sin contacto físico.
El Código del Menor trata de aliviar los graves problemas que sufre la población infantil en la República Dominicana.
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