El presidente Luis Abinader promulgó la Ley 25-26, que crea y regula el funcionamiento de la Alerta Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas en la República Dominicana, denominada oficialmente Alertas RD.
La normativa establece un mecanismo orientado a garantizar una respuesta rápida y coordinada ante casos de desaparición, mediante la integración de instituciones públicas, medios de comunicación y la sociedad civil.
La legislación tiene como propósito implementar un sistema de difusión masiva, inmediata y en tiempo real de información relacionada con personas desaparecidas.
Con esta herramienta, el Estado busca fortalecer la capacidad de respuesta ante situaciones de riesgo, priorizando la protección de las personas y la atención de los grupos considerados más vulnerables.
La ley dispone que la Policía Nacional y el Ministerio Público deberán activar de manera conjunta e inmediata las alertas tras evaluar una denuncia, la cual podrá presentarse de forma presencial o por vía telefónica.
La activación del sistema no podrá exceder las 24 horas desde que se reporta una desaparición o una situación de peligro inminente. Alertas RD contempla distintas categorías según el perfil de la persona afectada.

Entre las clasificaciones establecidas figuran la Alerta Amber para niños, niñas y adolescentes desaparecidos; la Alerta Silver para adultos mayores de 65 años; la Alerta Azul para personas con discapacidad física o mental; y la Alerta Rosa para mujeres en contextos de violencia de género o trata de personas.
Cada alerta tendrá una vigencia inicial de cinco días calendario, con posibilidad de prórroga cuando las circunstancias lo requieran.
La normativa también crea el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, una base de datos centralizada administrada por la Policía Nacional.
Este registro contará con acceso interinstitucional y una plataforma de consulta pública que incluirá información relevante para la localización de las personas reportadas, respetando las disposiciones relativas al derecho a la intimidad.
Asimismo, la ley establece la creación del Consejo Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, adscrito al Ministerio de Interior y Policía e integrado por diversas instituciones del Estado.
Alertas RD también incorpora sanciones para los servidores públicos que omitan informar u obstaculicen los procedimientos establecidos, conforme a las disposiciones de la Ley 41-08 de Función Pública y otras responsabilidades que pudieran derivarse de sus actuaciones.


