Las licencias de conducir tendrán nuevos períodos de vigencia para las personas mayores de 65 años, luego de que el presidente Luis Abinader emitiera el Decreto 330-26 que modifica el artículo 21 del Reglamento de Licencias de Conducir.
La medida busca actualizar los tiempos de renovación, fortalecer la seguridad vial y permitir que los conductores mayores de 65 años puedan renovar sus documentos por un período mayor a los dos años establecidos anteriormente.
La disposición está sustentada en la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, normativa que regula el sistema de circulación vehicular en República Dominicana.
El decreto establece medidas dirigidas a garantizar un tránsito más seguro y la protección de los usuarios de las vías públicas.
El documento dispone que las categorías 01, 02 y 05 tendrán una vigencia de cuatro años hasta que el titular cumpla 75 años.

Luego de esa edad, las renovaciones deberán realizarse cada dos años. En el caso de las categorías 03 y 04, la vigencia será de tres años hasta los 75 años y posteriormente las renovaciones pasarán a efectuarse cada año.
La normativa también señala que el período de vigencia podrá ser reducido durante el proceso de emisión o renovación si se determina que el conductor presenta alguna enfermedad o condición que pueda agravarse y afectar una conducción segura.
Además, se mantendrán las evaluaciones periódicas contempladas en el reglamento para verificar las condiciones físicas, mentales y de aptitud de los conductores.
Las licencias de conducir vencidas continuarán prohibidas para circular en las vías públicas. El decreto indica que, en caso de incumplimiento, la autoridad competente remitirá el caso al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, conforme a lo establecido en la Ley 63-17.
La disposición también instruye al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre a adoptar las medidas administrativas necesarias para implementar la modificación reglamentaria y aplicar los nuevos períodos de renovación establecidos en el decreto.


