La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) anunció la emisión del Reglamento núm. DGCP-SNCP-01-2026 del Registro de Proveedores del Estado.
La normativa busca modernizar, simplificar y fortalecer la transparencia en el acceso al mercado público, en el marco de la política de mejora del sistema de contrataciones.
El documento fue aprobado por el director general Carlos Pimentel Florenzán y constituye el primero de seis reglamentos que serán emitidos de forma progresiva.
Esta iniciativa responde al mandato de la Ley núm. 47-25 de Contrataciones Públicas, orientada a reforzar el marco jurídico del sector.
El reglamento regula la gestión y funcionamiento del Registro de Proveedores del Estado, con el propósito de consolidarlo como una base de datos íntegra y eficiente. Además, busca que opere como un mecanismo de control preventivo dentro del régimen de inhabilidades.

Uno de los aspectos centrales es la interoperabilidad entre instituciones públicas para automatizar la verificación de documentos. Esto permitirá la conexión de datos con entidades como la Dirección General de Impuestos Internos, la Tesorería de la Seguridad Social y las cámaras de comercio, entre otras.
Con esta medida, el Estado dejará de requerir documentos que ya posee, reduciendo la carga administrativa para los proveedores.
La institución indicó que el objetivo es eliminar procesos innecesarios y facilitar la participación en las contrataciones públicas.
Cambios y alcance
La normativa introduce requisitos simplificados de inscripción y actualización en el registro para mipymes, pequeños productores y agricultores familiares.
Esto busca ampliar el acceso de estos sectores al mercado público y fomentar su participación en los procesos de contratación.
También se establecen condiciones específicas para el registro en casos de alquiler de inmuebles destinados al uso estatal por personas físicas.

Estas disposiciones consideran factores como el valor del arrendamiento, la ubicación y la naturaleza del titular. Asimismo, la asignación de actividades comerciales se ajustará a lo registrado ante la Dirección General de Impuestos Internos.
La medida procura garantizar coherencia en la información y que los proveedores participen en procesos acordes a su especialidad.
El reglamento incorpora además la formalización de trámites para organizaciones laborales, cooperativas, instituciones educativas y asociaciones sin fines de lucro.
Igualmente, reconoce la validez de la firma digital o electrónica en los procedimientos.
La DGCP informó que el reglamento entrará en vigencia en un plazo de noventa días hábiles tras su publicación oficial.
Su implementación será progresiva a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.


