El titular de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, aseguró que avanzan las investigaciones relacionadas con un supuesto entramado de corrupción en el Seguro Nacional de Salud (SeNaSa) y adelantó que próximamente se ofrecerán detalles sobre la Operación Cobra 2.0.
“Estamos avanzando. Ustedes saben que es una investigación abierta y hay que cuidar los detalles para no afectar esa investigación, pero les aseguro que muy pronto nos estaremos viendo de nuevo hablando de la versión 2.0 de Operación Cobra”, afirmó Camacho.
El procurador adjunto ofreció estas declaraciones tras salir de la audiencia en la que la Corte de Apelación del Distrito Nacional ratificó la prisión preventiva impuesta al exdirector de SeNaSa, Santiago Hazim, y a los demás imputados en el caso.
“Una vez más, un tribunal reconoce la fortaleza de la investigación realizada por el Ministerio Público y la gravedad de los hechos que envuelven este proceso”, dijo Camacho, quien encabezó el equipo de fiscales en las audiencias que culminaron al entrar la madrugada de este jueves.
Asimismo, calificó la decisión como un éxito de la investigación que desarrollan los fiscales, bajo los lineamientos de la procuradora general, Yeni Berenice Reynoso.
“Y es un estímulo para el Ministerio Público seguir trabajando para que todo el que haya participado en este proceso venga a los tribunales a responder por sus hechos”, sostuvo.
Desestiman apelación
Al fallar el fondo de la apelación, la corte desestimó los recursos de Santiago Hazim, Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Franciscó Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speaklear Mateo y Ada Ledesma Ubiera, confirmando en todas sus partes la resolución que impuso 18 meses de prisión preventiva
El pleno del tribunal, integrado por los magistrados Isis Muñoz (presidenta), Teófilo Andújar y Luis Omar Jiménez, rechazó la inconstitucionalidad planteada por la defensa del imputado Santiago Hazim, respecto del artículo 377 en sus numerales 2 y 3 del Código Procesal Penal.
El tribunal planteó que el recurrente incurría en error, a través de su defensa, al pretender supeditar la vigencia de la medida de coerción al plazo de la investigación.
Asimismo, explicó que esa pretensión ignora que la prisión preventiva, por su naturaleza cautelar, “no tiene como única finalidad garantizar la recolección de elementos de prueba, sino primordialmente asegurar la presencia del imputado durante todas las etapas del proceso, incluyendo la etapa intermedia y el juicio”.

