El Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Romana condenó a un año de prisión y al pago de una multa equivalente a 25 salarios mínimos a un hombre que envenenó a más de una docena de perros, un gato y varias gallinas.
Eduardo Corporán De Aza, acusado de biocidio, recibió la pena máxima prevista para este tipo de casos en la Ley 248-12 sobre Protección Animal y Tenencia Responsable.
La sentencia fue emitida luego de que el imputado se declarara culpable de los hechos ocurridos en el sector Barrio Blanco, en La Romana.
Corporán De Aza cumplió dos meses de prisión preventiva por el caso. La sentencia establece la suspensión de los diez meses restantes, durante los cuales el sentenciado deberá someterse a varias reglas establecidas en el artículo 41 del Código Procesal Penal.
El caso
El expediente establece que el condenado es responsable de la muerte por envenenamiento de cinco cachorros y un perro chihuahua, así como de un gato y varias gallinas, hechos ocurridos en el referido sector el 1 de junio de 2025.
Posteriormente, los vecinos encontraron otro perro con graves quemaduras en el cuerpo, lesiones que también le provocaron la muerte.
El 14 de junio, los residentes de Barrio Blanco detectaron la muerte de otros seis perros —uno de ellos en estado de gestación— y un gato, todos con signos de envenenamiento. Asimismo, varias gallinas fallecieron tras ingerir el veneno, según detalla el expediente.
La fiscal Yalissa Marina Candelario Rijo tramitó el proceso penal abreviado, en el cual el imputado admitió su responsabilidad.
El acuerdo fue homologado por la jueza interina Denia Beras de Mota, quien ordenó notificarlo al juez de la Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís.
Durante el plazo de prueba, equivalente a la totalidad de la pena suspendida, Corporán De Aza deberá residir en un domicilio fijo, abstenerse de visitar lugares o personas vinculados al hecho imputado, no viajar al extranjero y evitar el consumo abusivo de alcohol en espacios públicos.
Asimismo, deberá aprender una profesión u oficio o cursar programas de capacitación ofrecidos por el Infotep, la Escuela Vocacional o cualquier otro centro de formación de su elección.
Dentro del mismo período, deberá completar treinta (30) horas de trabajo comunitario en una institución estatal u organización sin fines de lucro, fuera de sus horarios laborales, y abstenerse del porte o tenencia de armas y de cualquier forma de maltrato animal.
La sentencia advierte a Corporán De Aza que el incumplimiento de estas condiciones implicará el cumplimiento íntegro de la pena en prisión.
El expediente fue sustentado con pruebas testimoniales, periciales, documentales, materiales y procesales, con las cuales se determinó que el condenado violó los artículos 61 (numerales 3, 6 y 8) y 66 de la Ley 248-12 sobre Protección Animal y Tenencia Responsable.


