La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anunció que, a partir del miércoles 1 de enero de 2025, publicará en su portal web las deudas tributarias de los contribuyentes que, luego de transcurridos 30 días desde el plazo otorgado por sentencia judicial, no hayan efectuado el pago correspondiente.
El organismo señaló que publicará las deudas tributarias respaldadas por sentencias con autoridad de cosa irrevocablemente juzgada a favor de la DGII, dictadas y notificadas por los tribunales competentes, las cuales se consideran «deudas firmes» después de este proceso.
La DGII respalda su derecho a difundir estas deudas, ya que corresponden a casos judiciales que han agotado todos los procesos legales y cuyas sentencias, en efecto, están publicadas en el portal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
“Las indicadas deudas firmes serán publicadas bajo la responsabilidad del contribuyente deudor, así como también de los responsables solidarios de la deuda, según lo dispuesto en el artículo 11 del Código Tributario (modificado por el artículo 3 de la Ley 25-24)”, indicó la institución.
Según el aviso publicado por la DGII, esta medida tiene el objetivo de fortalecer el cumplimiento de las obligaciones fiscales y maximizar la recuperación de la cartera de deudas tributarias.
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