El presidente de la República, Luis Abinader, emitió el Decreto núm. 353-24, mediante el cual se establece el reglamento de aplicación de la Ley núm. 247-12, Orgánica de la Administración Pública.
De acuerdo a un comunicado de la Presidencia, el objeto del reglamento es garantizar el ejercicio de la función administrativa, en apego a la juridicidad, la jerarquía, la racionalidad, la eficiencia, la eficacia, la objetividad, la igualdad, la transparencia, la economía, la publicidad y la coordinación.
Están sujetos a sus disposiciones todos los entes y órganos que conforman la Administración pública bajo dependencia del Poder Ejecutivo, quedando fuera de su ámbito los entes y órganos administrativos que dependan del Poder Legislativo o del Poder Judicial, así como los órganos constitucionales extrapoder.
El reglamento regula sucesivamente el funcionamiento de la Presidencia de la República, la Vicepresidencia de la República, el Consejo de Ministros, los ministerios, los organismos autónomos y descentralizados y las empresas públicas.
También incluye disposiciones relativas a la coordinación administrativa, los consejos consultivos y las políticas organizativas de la Administración pública.
Una propuesta inicial de este reglamento fue presentada en el marco de la Convocatoria Presidencial del Diálogo por las Reformas para el Fortalecimiento Institucional y la Gestión Eficiente del Estado, y posteriormente enriquecida en una comisión técnica conformada por representantes del Ministerio de Administración Pública (MAP), la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y otras instituciones públicas invitadas.
El reglamento había estado pendiente desde la promulgación de la Ley Orgánica de la Administración Pública en 2012.
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